miércoles, 27 de enero de 2010

Unión Conyugal Desde La Perspectiva Jurídica


Para la boda civil existen dos opciones, si se efectúa dentro del registro civil, tendrá un costo oficial, el cual varia de acuerdo a la zona donde se ubique el registro. La otra opción es que el juez vaya a otro lugar a celebrar la boda, en este caso el juez cobra por sus honorarios, los que también varían dependiendo si el juez sale de la delegación que le corresponde, la distancia al lugar que se tenga que trasladar, la hora y el día del evento.
Requisitos:
= Comprobante de domicilio de la novia o el novio.
= Original y copia del acta de nacimiento de ambos.
= Identificación original y copia.
= Original y copia de la cartilla del servicio militar.
= Cuatro fotografías tamaño infantil de cada uno.
= Análisis prenupciales, que pueden hacerse en cualquier laboratorio, los análisis deben llevar el sello de la Secretaría de Salud. Es necesaria una fotografía de cada uno para el certificado y el examen de sangre.
= Dos testigos mayores de edad por cada uno de los contrayentes, de nacionalidad mexicana, con identificación original y fotocopia.

Otro aspecto que se debe tomar en cuenta para la boda civil es la protección económica, que se define en el régimen de bienes mancomunados o separados.
= Los bienes mancomunados, es el acuerdo donde los cónyuges establecen que ambos son dueños de sus pertenencias. Al firmar el contrato matrimonial todo lo que poseen se compartirá y como socios dividen sus posesiones actuales y a futuro por partes iguales. En este régimen se comparten también obligaciones y deudas.
= La separación de bienes, permite a cada uno de los cónyuges conservar la propiedad y administración de los bienes que les pertenecen. Una de las ventajas es que en caso de divorcio este régimen facilita mucho las cosas.
= También existe la posibilidad de firmar un contrato mixto donde se acepta compartir algunos bienes y separar otros.

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